Las normas del esquí en pistas que existen (FIS), pero que no todo el mundo cumple
Foto autor Leti Nova
Foto portada autor Leti Nova
El “atropello” de una mujer por parte de un esquiador “kamikaze” en una pista azul en San Isidro este fin de semana ha disparado las alarmas y los debates sobre la conducta de los esquiadores y ha vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de legislar sobre los accidentes en las estaciones.
Las redes sociales echan humo entre los partidarios de crear una normativa legal que “penalice” los comportamientos inapropiados de los esquiadores o instaurar una Policía de Pistas y los que creen que la responsabilidad es de cada uno y que “no hay para tanto”, aunque la mujer atropellada en San Isidro sufre graves lesiones de las cuales se recupera en el hospital de Valladolid, mientras el esquiador que la embistió se fue de rositas.
La primera pregunta es: ¿existe una normativa internacional que regule la práctica del esquí en las estaciones?. La respuesta es SI: las Normas de conducta de la Federación Internacional de Esquí (F.I.S.) para esquiadores y snowboarders, vigentes desde el año 2002.
La segunda pregunta es: ¿son las Normas FIS de obligado cumplimiento e incluyen sanciones o penalizaciones si no se cumplen? La respuesta es NO.
Y la tercera pregunta: ¿Existen países que tengan regularizadas las imprudencias en la práctica del esquí en pistas? Y la respuesta vuelve a ser SÍ (varios). Sin ir más lejos, Andorra dispone de la Ley relativa a las estaciones de esquí e instalaciones de transporte por cable, de 9-11-2000.
En su Título V -Normas de admisión y de conducta para los usuarios de las estaciones de esquí. Obligaciones de los esquiadores- dispone las obligaciones de los esquiadores, que incluye normas como “evitar poner en peligro al resto de usuarios, ya sea a causa de su comportamiento o de su equipamiento” o “desplazarse en función de su campo de visión y adaptar su velocidad y conducta a sus propias aptitudes, a las condiciones generales de las pistas, al tiempo, a la visibilidad y a la afluencia de practicantes”. ¿Os suena?
Las infracciones por estos preceptos, como por muchos otros y en función de su gravedad, pueden llegar a suponer sanciones de hasta 12.000 euros y la prohibición de volver a esquiar en las estaciones andorranas.
Por ahora, España no es Andorra, por lo tanto, sólo podemos hacer caso de las Normas FIS, que las estaciones están obligadas a difundir y dar a conocer.
Repasemos qué dicen los 10 mandamientos de las normas FIS que no todo el mundo conoce y no todos los esquiadores cumplen:
1. Respeto de los otros
El esquiador o snowboarder debe comportarse de manera que no ponga en peligro o perjudique a los demás.
2. Control de la velocidad y el comportamiento
El esquiador o snowboarder debe esquiar de forma controlada. Debe adaptar su velocidad y forma de esquiar o deslizarse en snowboard a su habilidad personal y a las condiciones generales del terreno, nieve y tiempo, así como la densidad del tráfico en las pistas.
3. Elección de la ruta
El esquiador o snowboarder que viene de atrás debe elegir su camino de forma que no ponga en peligro al esquiador o snowboarder de delante que tiene preferencia.
4. Adelantamientos
El adelantamiento puede efectuarse por arriba o abajo, derecha o izquierda, pero siempre de manera que se deje espacio suficiente para prevenir las evoluciones voluntarias o involuntarias del esquiador o snowboarder adelantado.
5. Entrar en la pista, comenzar a deslizar y girar hacia arriba
Todo esquiador y snowboarder que penetra en una pista, reanuda su marcha después de parar o evoluciona hacia arriba debe mirar arriba y abajo de la pista para asegurarse que puede hacerlo sin provocar peligro para él o los demás.
6. Parar en la pista
Todo esquiador o snowboarder debe evitar estacionarse sin necesidad en los pasos estrechos o sin visibilidad de las pistas. En caso de caída en uno de estos lugares, debe apartarse y dejar libre la pista lo antes posible.
7. Subir y bajar a pie
El esquiador o snowboarder que suba o baje a pie debe hacerlo por el lateral de la pista.
8. Respeto del balizaje y la señalización
Todo esquiador o snowboarder debe respetar el balizaje y la señalización.
9. Prestación de ayuda
En caso de accidente todo esquiador o snowboarder tiene la responsabilidad de prestar socorro.
10. Identificación
Todos los esquiadores o snowboarders que sean testigos de un accidente, sean o no responsables del mismo, deben identificarse e intercambiar nombres y direcciones.
Enlace a la web de la FIS con las normas y comentarios ampliando las mismas.
Y ahora en vídeo y con un cierto humor:
¿Las intentamos cumplir todos?
Campaña para reclamar Policía de Pistas después que un kamikaze arrolle a una mujer en San Isidro. Más información.
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