Obligatorio llevar cadenas o neumáticos de nieve en Andorra durante el invierno
Peligro en la carretera
Lun, 02/11/2015 - 20:15
Ya es obligatorio en Andorra llevar el vehículo equipado para el invierno. Desde que el año pasado se modificó el Código de circulación, se deberá equipar o bien neumáticos de invierno/mixtos, o cadenas. De hecho, la policía sancionará a los conductores que no tengan con la calzada nevada
Última edición 17:30 h
Desde el pasado 1 de noviembre si se conduce un vehículo en Andorra se debe tener el equipo adecuado para el período invernal. Si no lo hacéis, la policía podría multaros. Y es que desde que en enero de 2014 se modificó el Código de circulación andorrano, entre el 1 de noviembre y el 15 de mayo se deberán llevar equipamientos especiales según dicta la ley. Hay dos opciones para cumplir con la normativa: equipar neumáticos de invierno/M+S, mucho más adaptados para conducir sobre la nieve, o cadenas, ya sean metálicas o de ropa.
Esta normativa pretende reducir los incidentes en la carretera los días en que la calzada está nevada o con hielo. Las autoridades andorranas recuerdan que los neumáticos de invierno, que tienen unas estrías y son de otro compuesto de material, son más efectivos tanto en nieve, hielo como lluvia, por lo tanto la seguridad del conductor se ve bastante incrementada los días con inclemencias meteorológicas.
Las sanciones por no ir preparado se producirán si la Policía da el alto a un vehículo en un día en que la calzada tenga nieve o hielo y no se está equipado correctamente, incluso se podrá inmovilizar el automóvil en caso de peligro. Los días sin incidencias, aunque no se amonestará a los conductores, se les explicará la normativa y se les indicará que hay que cumplirla.
Cabe destacar, que es muy habitual en días de nevada en Andorra, que por algún conductor irresponsable que no lleve cadenas o ruedas de contacto, se produzcan embotellamientos por el bloqueo del vehículo no equipado e incluso accidentes, que afectan a muchas personas indirectamente por el problema vial que producen en las vías andorranas.
Fuentes andorranas nos señalan que las medidas afectarían tanto a los vehículos de residentes andorranos como a los no residentes.
El código de circulación, artículo 74, aplica a cualquier vehículo que circule por el principado de Andorra durante esas fechas, ya sea matrícula de Andorra o de fuera. Será sancionable, si en caso de nieve o hielo en la calzada, el vehículo no va debidamente equipado en ese momento, aplica también a 4x4 y SUV sino van equipados con neumáticos de invierno o cadenas.
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